Los planes de antifraude son una exigencia para Comunidades, Ayuntamientos y otros entes públicos que actúen como órganos gestores y ejecutores de medidas de fondos MRR contemplados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones que el artículo 22 del Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, el art. 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, impone a España, en relación con la protección de los intereses financieros de la Unión como beneficiario de los fondos del MRR, que toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR disponga de un «Plan de medidas antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
Se configuran como actuaciones obligatorias para los órganos gestores, la evaluación de riesgo de fraude, la cumplimentación de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) y la disponibilidad de un procedimiento para abordar conflictos de intereses.
¿Por qué contar con Defensa & Compliance como asesor externo para la elaboración e implantación de un plan de medidas antifraude?
Defensa & Compliance, somos expertos en implantación y auditoría de programas de Compliance y buen gobierno, análisis de riesgos y prestación de todo tipo de asesoramiento a entidades del sector público.
Por eso estaremos encantados de ayudar a aquellas entidades que gestionen o ejecuten fondos del PRTR a elaborar e implantar un plan de medidas antifraude que cumpla con todos los requerimientos exigidos por el PRTR y que cuente al menos con los siguientes elementos:
- Evaluación inicial del riesgo, impacto y probabilidad de riesgo de fraude, corrupción y conflicto de intereses.
- Propuesta de implantación medidas de control genérico preventivas y de detección del fraude adecuadas y proporcionadas a los riesgos evaluados. Código Ético, Política antifraude, Política de conflicto de intereses con declaración de ausencia de conflicto de intereses, canal de denuncias, distribución de funciones y programa de comunicación y formación.
- Propuesta de implantación de medidas de control específicas preventivas y de detección del fraude, corrupción y conflicto de intereses, en los distintos procedimientos de gestión.
- Propuesta del procedimiento de actuación cuando se detecte un posible fraude, o sospecha fundada de fraude o corrupción.
- Propuesta de los procedimientos relativos a la corrección de situaciones de conflictos de interés